Pregunta frecuente
¿La comunidad de vecinos puede impedirme instalar un punto de recarga?
No. La Ley de Propiedad Horizontal (art. 17.5) te reconoce el derecho a instalar un punto de recarga en tu plaza para uso privado. Solo tienes que comunicarlo por escrito al presidente o al administrador y asumir tú el coste; la junta no lo vota ni puede impedírtelo, así que no hace falta esperar a la próxima reunión.
Sobre recarga de vehículo eléctrico
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